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Verifactu y la Factura Electrónica: Claridad en los Plazos y el Doble Desafío Digital para Joyerías y Compro-Oro en España

Las últimas semanas de mayo y principios de junio de 2026 han traído novedades cruciales sobre la factura electrónica obligatoria y el sistema Verifactu en España. La publicación del borrador de la Orden Ministerial para la Ley Crea y Crece y el aplazamiento oficial de Verifactu hasta 2027 definen un nuevo horizonte para pymes y autónomos, incluyendo a joyerías, compro-oros y casas de empeño, que deben prepararse para un doble proceso de digitalización.

El Horizonte Digital de la Facturación en España: Novedades Clave

El panorama de la facturación empresarial en España está experimentando una transformación digital sin precedentes, marcada por la implementación de la Ley Crea y Crece y el sistema Verifactu. Las últimas actualizaciones regulatorias, consolidadas a finales de mayo y principios de junio de 2026, ofrecen una mayor claridad sobre los plazos y las obligaciones que afectan directamente a miles de pymes y autónomos en el país.

Recientemente, el borrador de la Orden Ministerial que regula la solución pública de facturación electrónica, clave para el desarrollo de la Ley Crea y Crece, ha finalizado su periodo de audiencia pública. Este hito establece un marco técnico definitivo y, lo más relevante, sitúa la fecha marcada en el calendario normativo para la entrada en vigor de esta orden en el 1 de octubre de 2026. A partir de este momento, comenzará el cómputo oficial de los plazos de obligatoriedad para la factura electrónica B2B, que se escalonarán según el volumen de facturación de las empresas:

  • Las empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros dispondrán de 12 meses para adaptarse. Las previsiones apuntan a octubre de 2027 como fecha de cumplimiento.
  • Para el resto de las empresas, incluyendo pymes y autónomos, el plazo será de 24 meses desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial, proyectándose su obligatoriedad hacia octubre de 2028.

Paralelamente, el sistema Verifactu, diseñado por la Agencia Tributaria para combatir el fraude fiscal mediante el control en tiempo real de los programas de facturación, ha sido objeto de un importante aplazamiento. El Gobierno ha retrasado oficialmente su entrada en vigor, moviendo la obligatoriedad para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades al 1 de enero de 2027 y para autónomos y profesionales al 1 de julio de 2027. Este aplazamiento, aprobado mediante el Real Decreto-ley 15/2025 en diciembre de 2025, responde a las complejidades técnicas y las demandas de adaptación empresarial, aunque los desarrolladores de software ya deben tener sus sistemas adaptados desde julio de 2025.

Es crucial entender que la Ley Crea y Crece y Verifactu son dos obligaciones distintas pero complementarias. Mientras la primera regula el formato y el intercambio de facturas electrónicas entre empresas (B2B) para mejorar la trazabilidad y reducir la morosidad, Verifactu se enfoca en la integridad, inalterabilidad y la posible remisión en tiempo real de los registros de facturación a la AEAT, afectando al software que utilizan las empresas.

Impacto Directo en Joyerías, Compro-Oros y Casas de Empeño

Para el sector de las joyerías, los negocios de compro-oro y las casas de empeño, estas novedades suponen un doble desafío y una oportunidad de modernización. La entrada en vigor de la facturación electrónica B2B a partir de octubre de 2026 significa que todas las transacciones con proveedores, talleres de reparación o cualquier otro profesional o empresa deberán realizarse mediante este formato estructurado. Esto implica:

  • Actualización de Software: Necesidad de adquirir o actualizar soluciones de software que permitan la emisión y recepción de facturas electrónicas en formatos como Facturae o PEPPOL, cumpliendo con los requisitos de interoperabilidad.
  • Cambios Operativos: Adaptación de los procesos administrativos y contables para gestionar este nuevo tipo de facturación, lo que podría requerir formación para el personal.
  • Cumplimiento de Plazos: Aunque las fechas de obligatoriedad se extiendan hasta 2027 o 2028 según el tamaño del negocio, el plazo para iniciar la adaptación de sistemas se acerca rápidamente, con el 1 de octubre de 2026 como fecha clave de partida.

En cuanto a Verifactu, cuyo aplazamiento a 2027 concede un respiro, su implementación afectará la forma en que el software de facturación de estos negocios se conecta con Hacienda. Se exigirá que los programas garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad y trazabilidad de cada factura emitida, con la opción de envío en tiempo real a la AEAT. Esto es fundamental para:

  • Evitar Sanciones: El incumplimiento de estas normativas puede acarrear multas significativas, hasta 10.000 euros por la Ley Crea y Crece y hasta 50.000 euros por Verifactu.
  • Transparencia Fiscal: Reforzará la lucha contra el fraude, exigiendo una mayor transparencia en todas las operaciones, eliminando la posibilidad de manipular o borrar registros de facturación.
  • Eficiencia a Largo Plazo: Aunque la adaptación inicial puede ser compleja, la digitalización avanzada promete una mayor eficiencia en la gestión contable y una reducción de errores administrativos.

El mensaje es claro: la digitalización no es una opción, sino una realidad inminente. Las joyerías, compro-oros y casas de empeño deben planificar con antelación, asesorarse adecuadamente y elegir soluciones de software que cumplan con ambas normativas para asegurar una transición fluida y evitar contingencias.

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